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JSCJuan Salvador CastilloAbogadoEscribime

Accidentes de trabajo · Mendoza

Te accidentaste trabajando: la ART tiene que responder

Si te lesionaste en el trabajo o en el trayecto, tenés derecho a atención médica, a cobrar mientras no puedas trabajar y a una indemnización si te queda una incapacidad. En Mendoza el reclamo pasa primero por la Comisión Médica, y conviene llegar con abogado desde el principio.

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Qué se puede reclamar

  • Atención médica y tratamiento completo
  • Pago de salarios mientras dure la incapacidad temporaria
  • Indemnización por incapacidad permanente
  • Revisión del porcentaje de incapacidad que fijó la Comisión Médica

Lo que corresponde en cada caso depende de los hechos y de la fecha en que ocurrieron.

Qué traer a la consulta

  • Denuncia del accidente o número de siniestro de la ART
  • Historia clínica, estudios y certificados médicos
  • Resolución o dictamen de la Comisión Médica, si ya la tenés
  • Recibos de sueldo

¿No tenés todo? No importa: empezamos con lo que tengas.

Si ya te notificaron una resolución de la Comisión Médica, el plazo para ir a juicio es corto. Consultá ya.

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?

Como regla general, dos años. Pero hay plazos mucho más cortos: si ya tenés una resolución de la Comisión Médica, el plazo para ir a juicio en Mendoza es de 45 días hábiles judiciales. Ante la duda, consultá cuanto antes.

Fuente: Art. 256 LCT · Art. 44 Ley 24.557 · Art. 3 Ley provincial 9.017

Tuve un accidente de trabajo, ¿qué tengo que hacer?

Pedí atención médica y asegurate de que el accidente se denuncie a la ART. Guardá toda la documentación médica desde el primer día. Antes de cualquier juicio, el caso pasa por la Comisión Médica, y conviene ir con abogado desde esa instancia.

Fuente: Art. 1 Ley 27.348 · Ley provincial 9.017 (adhesión de Mendoza)