Accidentes de trabajo · Mendoza
Te accidentaste trabajando: la ART tiene que responder
Si te lesionaste en el trabajo o en el trayecto, tenés derecho a atención médica, a cobrar mientras no puedas trabajar y a una indemnización si te queda una incapacidad. En Mendoza el reclamo pasa primero por la Comisión Médica, y conviene llegar con abogado desde el principio.
Escribime por WhatsAppQué se puede reclamar
- Atención médica y tratamiento completo
- Pago de salarios mientras dure la incapacidad temporaria
- Indemnización por incapacidad permanente
- Revisión del porcentaje de incapacidad que fijó la Comisión Médica
Lo que corresponde en cada caso depende de los hechos y de la fecha en que ocurrieron.
Qué traer a la consulta
- Denuncia del accidente o número de siniestro de la ART
- Historia clínica, estudios y certificados médicos
- Resolución o dictamen de la Comisión Médica, si ya la tenés
- Recibos de sueldo
¿No tenés todo? No importa: empezamos con lo que tengas.
Si ya te notificaron una resolución de la Comisión Médica, el plazo para ir a juicio es corto. Consultá ya.
EscribimePreguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?
Como regla general, dos años. Pero hay plazos mucho más cortos: si ya tenés una resolución de la Comisión Médica, el plazo para ir a juicio en Mendoza es de 45 días hábiles judiciales. Ante la duda, consultá cuanto antes.
Fuente: Art. 256 LCT · Art. 44 Ley 24.557 · Art. 3 Ley provincial 9.017
Tuve un accidente de trabajo, ¿qué tengo que hacer?
Pedí atención médica y asegurate de que el accidente se denuncie a la ART. Guardá toda la documentación médica desde el primer día. Antes de cualquier juicio, el caso pasa por la Comisión Médica, y conviene ir con abogado desde esa instancia.
Fuente: Art. 1 Ley 27.348 · Ley provincial 9.017 (adhesión de Mendoza)